Guía sobre Pensión alimentaria en Puerto Rico
Guía sobre Pensión alimentaria en Puerto Rico
Conozca cómo se fija la pensión alimentaria en Puerto Rico según el Reglamento Núm. 9535 de 2024. Explicación sencilla del proceso ante ASUME y el Tribunal.
Cuando una pareja con hijos se separa, una de las primeras preocupaciones suele ser la pensión alimentaria. También comienzan a surgir muchos mitos: "ASUME siempre favorece a la madre", "me van a quitar la mitad del sueldo" o "si dejo mi trabajo no tendré que pagar". Ninguna de esas afirmaciones es necesariamente correcta.
En Puerto Rico, la pensión alimentaria no se fija de forma arbitraria. Desde marzo de 2024 rigen las nuevas Guías Mandatorias para Computar las Pensiones Alimentarias, las cuales aplican tanto en los procedimientos ante ASUME como en el Tribunal. Su objetivo es que las pensiones se determinen mediante criterios objetivos, tomando en consideración la capacidad económica de ambos progenitores y las necesidades del menor.
La pensión no depende únicamente del padre que paga
Uno de los errores más comunes es pensar que solo se analiza el ingreso del padre o madre que pagará la pensión.
La realidad es que las Guías requieren evaluar los ingresos de ambos progenitores, pues ambos tienen el deber legal de contribuir al sustento de sus hijos de forma proporcional a sus recursos económicos.
Por ello, normalmente se solicita evidencia como talonarios de pago, planillas de contribución sobre ingresos, certificaciones de empleo, estados financieros y otros documentos que permitan conocer la verdadera situación económica de cada parte.
¿Qué ingresos toma en consideración ASUME?
Las Guías no se limitan al salario mensual.
Dependiendo de cada caso, pueden considerarse ingresos provenientes de salarios, comisiones, bonificaciones, trabajo por cuenta propia, rentas y otras fuentes de ingreso recurrentes. Asimismo, el Reglamento permite determinadas deducciones autorizadas para calcular el ingreso neto que servirá de base para fijar la pensión.
Por eso, dos personas con el mismo salario bruto pueden terminar con ingresos netos distintos para efectos del cálculo.
Las necesidades del menor también son importantes
Luego de determinar los ingresos de ambos padres, las Guías utilizan tablas económicas para estimar el costo de crianza del menor. Ese costo se distribuye entre los progenitores según su capacidad económica.
La pensión básica busca cubrir necesidades ordinarias como alimentación, vivienda, ropa y transportación. Sin embargo, dependiendo de las circunstancias, también pueden añadirse ciertos gastos suplementarios, entre ellos:
gastos médicos no cubiertos por seguro;
servicios de cuido;
algunos gastos educativos;
necesidades especiales debidamente justificadas.
Por esa razón, no existen dos casos exactamente iguales.
¿Qué ocurre si uno de los padres no trabaja?
Muchas personas creen que basta con renunciar al empleo para reducir la pensión alimentaria. Eso no necesariamente ocurre.
Las Guías reconocen situaciones legítimas en las que una persona puede carecer de ingresos, como enfermedades incapacitantes u otras circunstancias justificadas. Sin embargo, cuando se demuestra que alguien tiene la capacidad de trabajar pero voluntariamente no genera ingresos, el Tribunal o ASUME pueden imputarle ingresos para realizar el cálculo correspondiente.
Cada caso dependerá de la prueba presentada.
¿Puede modificarse una pensión alimentaria?
Sí. La pensión alimentaria puede modificarse cuando ocurre un cambio sustancial en las circunstancias económicas de alguno de los padres o en las necesidades del menor o luego del transcurso de tres años.
Entre los casos más comunes se encuentran:
pérdida involuntaria del empleo;
reducción significativa del salario;
aumento importante de ingresos;
enfermedades;
cambios relevantes en los gastos del menor.
Ahora bien, mientras no exista una nueva determinación oficial, la pensión vigente continúa siendo obligatoria. Dejar de pagar por decisión propia puede generar atrasos y otras consecuencias legales.
¿La custodia compartida elimina la pensión?
No. Este es otro de los mitos más frecuentes.
Aunque ambos padres compartan el tiempo con sus hijos, la obligación alimentaria no desaparece automáticamente. Las Guías consideran diversos factores, incluyendo el tiempo que cada padre comparte con el menor y la diferencia entre los ingresos de ambos.
Dependiendo de esas circunstancias, la pensión puede disminuir, mantenerse o incluso continuar siendo significativa.
Preguntas frecuentes
¿ASUME siempre fija la pensión?
No. Muchos casos son atendidos inicialmente por ASUME, pero otros se tramitan directamente ante el Tribunal de Primera Instancia. En ambos escenarios se aplican las Guías Mandatorias vigentes.
Trabajo por cuenta propia. ¿Cómo se calcula mi ingreso?
Se pueden analizar planillas, estados financieros, registros contables y demás evidencia que permita determinar la capacidad económica real del alimentante.
¿Puedo reducir la pensión porque tengo nuevas deudas?
No necesariamente. Haber adquirido préstamos o tarjetas de crédito no significa que la pensión será reducida. Todo dependerá de las circunstancias particulares y de lo que permitan las Guías.
¿Los padres pueden llegar a un acuerdo?
Sí. Sin embargo, cuando existen menores de edad, el acuerdo generalmente debe cumplir con los requisitos legales y proteger adecuadamente el mejor bienestar del menor.
Conclusión
Las nuevas Guías Mandatorias buscan que las pensiones alimentarias se calculen mediante criterios uniformes y objetivos. Sin embargo, cada familia presenta circunstancias distintas que pueden influir significativamente en el resultado.
Por ello, no es recomendable tomar decisiones importantes basándose en comentarios de familiares, amistades o publicaciones en redes sociales. Un análisis adecuado de los ingresos, la evidencia económica y las necesidades del menor puede marcar una diferencia importante en el resultado del caso, sea de fijación, revisión o modificación de pensión alimentaria en Puerto Rico.